El punto de partida
Olvida los rodeos. Si tienes ingresos por trabajo, alquiler o inversiones, el Estado te los quiere en la mano. Aquí empieza la verdadera guerra fiscal.
Rendimientos del trabajo
Salario, nómina, honorarios: todos caen bajo la misma regla. La retención mensual es la primera línea de defensa, pero no te confíes; al final del año el ajuste puede subirte la factura.
¿Qué pasa con los autónomos?
Los freelancers viven bajo la lupa. Cada factura emitida es una pista que la Agencia revisa. No hay retención automática, así que el pago a cuenta es tu responsabilidad.
Alquileres y actividades inmobiliarias
Alquiler de pisos, locales o habitaciones: ingresos brutos menos gastos deducibles. Aquí el truco está en desgravar correctamente los intereses del préstamo, el IBI y el seguro.
Impuestos sobre ganancias de capital
Cuando vendes una propiedad, la diferencia entre compra y venta se transforma en ganancia patrimonial. Esa ganancia se suma al IRPF y se grava según la escala progresiva.
Inversiones financieras
Dividendos, intereses, plusvalías: cada uno tiene su propio trato. Los dividendos suelen retenerse al 19 %, pero el resto se acumula en la base del ahorro.
Plusvalías en bolsa
Vendes acciones y obtienes beneficios. La tributación es del 19 % al 26 % según el tramo. No te engañes, la bolsa no es un juego sin consecuencias.
¿Y la cuestión del enlace?
Para profundizar, revisa este artículo sobre cómo tributan en el IRPF. Allí encontrarás ejemplos reales y cálculos exactos.
Consejo final
Ajusta tus pagos a cuenta trimestralmente, lleva un registro impecable y nunca subestimes la auditoría. Si lo haces bien, el fisco te dejará respirar.
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